Somos Rurales inicia su acompañamiento a familias indígenas en Pueblo Bello, Cesar

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El Ministerio del Trabajo y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo —PNUD— inician la implementación de la primera fase del programa Somos Rurales en el municipio de Pueblo Bello, Cesar. De la mano con la Asociación de familias productoras indígenas Seynekun —Asoseynekun— se dará inicio al proceso de fortalecimiento técnico, empresarial, organizacional y psicosocial para el desarrollo económico y social de 50 familias rurales.

En la primera fase, el acompañamiento se basará en el mejoramiento de procesos de postcosecha que aseguren mayores rendimientos y calidades que conlleven a mejores precios de comercialización. Por su parte, para el cacao y la caña panelera, habrá un mejoramiento técnico y productivo con certificaciones en Buenas Prácticas Agrícolas, así como el establecimiento de áreas nuevas. Con esto se buscará dinamizar y diversificar los ingresos de las familias durante las épocas del año en que el café no se encuentra en producción.

Este nuevo proceso contará con la participación de familias campesinas e indígenas de las etnias arhuaca, kankuamo y ette que, en su mayoría, se han asociado a Asoseynekun y la Asociación de Productores Orgánicos Arhuacos y Campesinos Sierra Nevada de Santa Marta, y Serranía del Perijá —Asoprocacines—. Estas dos organizaciones trabajarán de la mano con el proyecto, aunque será la primera quien lidere el proceso. Desde junio de 2010, Asoseynekun se consolidó formalmente como una organización sin ánimo de lucro ante la necesidad de familias indígenas y campesinas de la Sierra Nevada de gestionar proyectos comunitarios para el desarrollo económico y social del territorio. 

“Honramos la tierra para que sea fértil, para que cuando vayan a comer lo que cultivamos, sea saludable. Pagamos a la madre tierra para que ese café se convierta en salud cuando lo consuman” – Claribel Navarro, representante legal de Asoseynekun.

Con una trayectoria de más de 15 años, Asoseynekun ha recorrido un largo proceso para que hoy sus productos se comercialicen con sellos que certifican su producción orgánica y comercio justo. Esto ha significado para las comunidades un largo proceso de reflexión y toma de conciencia sobre la importancia de tecnificar sus cultivos para mejorar en calidad y precios de venta. Lo han logrado en articulación con diferentes actores y sin dejar de lado el respeto y el rescate de las prácticas agroecológicas ancestrales del pueblo arhuaco.  

“Cuando se presentó la convocatoria de Somos Rurales lo vimos como una muy buena oportunidad. Este reto valida el trabajo que venimos haciendo con la organización. Ya estamos metidos en el tema y creemos que podemos aportar mucho con lo que venimos haciendo en el territorio” – Claribel Navarro, representante legal de Asoseynekun.

Seynekun significa madre de la fertilidad en lengua arhuaca. Como explica Claribel Navarro, representante legal de Asoseynekun, el nombre de la organización refiere a la mujer líder y empoderada, como las mujeres que conforman la organización. El equipo técnico que acompaña la implementación de Somos Rurales también estará conformado mayoritariamente por mujeres, entre ellas, Enilda, una profesional psicosocial arhuaca. 

Enilda y Bunchanawi, quienes serán los gestores locales del proyecto, son hablantes de la lengua arhuaca lo que les permitirá tener un diálogo fluido y familiar con los participantes para facilitar los programas de acompañamiento. 

Pueblo Bello es uno de los 170 municipios priorizados en los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial —PDET— por ser uno de los más afectados por el conflicto armado. Bajo el liderazgo del Ministerio del Trabajo, y con el acompañamiento técnico del PNUD, el programa Somos Rurales busca contribuir a la generación de ingresos y el mejoramiento de la calidad de vida de las familias rurales víctimas del conflicto armado focalizadas en este municipio a través de una reparación individual transformadora. 

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Este documento contiene la Política de Tratamiento de Datos Personales tratados por La Asociación de Familias Productoras Indígenas – SEYNEKUN la cual regula la recolección, almacenamiento, uso, circulación, transferencia y supresión de los datos recolectados por La Asociación de Familias Productoras Indígenas – SEYNEKUN (en adelante la “Compañía”) de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, por medio de los cuales se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales:

 

  1. Información del responsable del Tratamiento de la información personal

 

La Compañía responsable del tratamiento de los datos personales es:

• Razón social: La Asociación de Familias Productoras Indígenas – SEYNEKUN
• Domicilio: Valledupar, Cesar.
• Dirección: CARRERA 41 No. 5f – 15 La Nevada
• Email: gerencia@gruposeynekun.com
• Teléfono: +57 318 398 77 35

 

  1. Tratamiento al cual serán sometidos los datos personales y su finalidad:

 

Efectuar las gestiones pertinentes para el desarrollo del objeto social de la compañía en lo que tiene que ver con el cumplimiento del objeto del contrato celebrado con el Titular de la información.
• Gestionar trámites (solicitudes, quejas, reclamos).
• Uso estadístico, tributario, contable, financiero y legal de la Compañía.
• Verificación en centrales de riesgo.
• Personalizar y mejorar productos y servicios, extender ofertas de comercialización y para publicar productos y servicios que podrían ser de mi interés mediante medios electrónicos y redes sociales.
• Personalizar y mejorar productos y servicios, extender ofertas de comercialización y para publicar productos y servicios que podrían ser de mi interés mediante medios telefónicos.
• Transmitir y/o transferir mis datos personales a las empresas de mercadeo relacional para realizar encuestas de satisfacción y para extender ofertas de comercialización.

 

  1. Tratamiento de datos sensibles:

 

La Compañía observará estrictamente las limitaciones legales al tratamiento de datos sensibles, por lo cual se asegurará que:

a) El Titular haya dado su autorización explícita a dicho tratamiento, salvo en los casos que por ley no sea requerido el otorgamiento de dicha autorización.
b) El Tratamiento sea necesario para salvaguardar el interés vital del Titular y este se encuentre física o jurídicamente incapacitado. En estos eventos, los representantes legales deberán otorgar su autorización.
c) El Tratamiento sea efectuado en el curso de las actividades legítimas y con las debidas garantías por parte de una fundación, ONG, asociación o cualquier otro organismo sin ánimo de lucro, cuya finalidad sea política, filosófica, religiosa o sindical, siempre que se refieran exclusivamente a sus miembros o a las personas que mantengan contactos regulares por razón de su finalidad. En estos eventos, los datos no se podrán suministrar a terceros sin la autorización del Titular.
d) El Tratamiento se refiera a datos que sean necesarios para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.
e) El Tratamiento tenga una finalidad histórica, estadística o científica. En este evento deberán adoptarse las medidas conducentes a la supresión de identidad de los Titulares.

 

  1. Video vigilancia

 

La Compañía utiliza diversos medios de video vigilancia instalados en diferentes lugares de sus instalaciones u oficinas.
La información recolectada se utilizará para fines de seguridad de las personas, los bienes e instalaciones. Esta información puede ser empleada como prueba en cualquier tipo de proceso ante cualquier tipo de autoridad y organización.

 

  1. Tratamientos de datos personales de niños y/o adolescentes


El Tratamiento de datos personales de niños y/o adolescentes que sean de naturaleza pública cumplirá con los siguientes parámetros y requisitos:

a) Que responda y respete el interés superior de los niños y adolescentes.
b) Que se asegure el respeto de sus derechos fundamentales.
c) Valoración de la opinión del menor cuando este cuente con la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.
Cumplidos los anteriores requisitos, el representante legal del niño o adolescente podrá otorgar la autorización para el Tratamiento, previo ejercicio del derecho del menor de su derecho de ser escuchado, opinión que deberá valorar teniendo en cuenta la madurez, autonomía y capacidad para entender el asunto.


  1. Derechos que le asisten como Titular de los datos


De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 y el decreto 1377 de 2013, el Titular de los datos personales tiene los siguientes derechos:

a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a la Compañía, en su calidad de responsable del Tratamiento. Este derecho podrá ejercerlo frente a datos parciales, inexactos, incompletos, fraccionados, que induzcan a error, o aquellos cuyo tratamiento esté expresamente prohibido o no hay asido autorizado.
b) Solicitar prueba de la autorización otorgada a la Compañía, en su calidad de Responsable del Tratamiento, salvo cuando expresamente se exceptúe como requisito para el Tratamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 1581 de 2012 (o en las normas que la reglamenten, adicionen, complementen, modifiquen o deroguen), o cuando se haya presentado la continuidad del tratamiento según lo previsto en el numeral 4° del artículo 10 del Decreto 1377 de 2013.
c) Ser informado por la Compañía, previa solicitud, respecto del uso que le ha dado a sus datos personales;
d) Presentar ante la Superintendencia de Industria y Comercio quejas por infracciones a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012, una vez haya agotado el trámite de consulta o reclamo ante la Compañía.
e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el Tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales. La revocatoria y/o supresión procederá cuando la Superintendencia de Industria y Comercio haya determinado que en el Tratamiento la Compañía ha incurrido en conductas contrarias a la ley y la Constitución.
f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de Tratamiento.



  1. Área responsable de la atención de peticiones, consultas y reclamos

 

El Área de Atención al Cliente de la compañía será responsable de la atención de peticiones, consultas, reclamos, quejas o para el ejercicio de los derechos del Titular de la información personal.

 

  1. Procedimiento para ejercer los derechos del Titular de los datos

 

8.1 Procedimiento para acceso y de consulta

 

El Titular de los datos o sus causahabientes podrán consultar la información que repose en las bases de datos en posesión de la Compañía, para lo cual deberán formular la correspondiente petición por escrito y radicarse ante el Área encargada de acuerdo con el numeral anterior de lunes a jueves en horario 8:00 AM – 1:00 PM y 2:00 PM a 5:00 PM, y el viernes en horario de 8:00 AM – 1:00 PM y 2:00 PM a 3:00 PM, en la Carrera 11 No. 82 – 01 Piso 5 de la ciudad de Bogotá o al correo electrónico atencionusuario@racafe.com.
Para evitar que terceros no autorizados accedan a la información personal del Titular de los datos, será necesario previamente establecer la identificación del Titular. Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del Titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquél, se tendrá por no presentada.
La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

8.2 Procedimiento para solicitar actualización, corrección, supresión, revocatoria de la autorización o para presentar reclamos:

El Titular, o sus causahabientes, que consideren que la información contenida en las base de datos de la Compañía debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes contenidos en esta ley, podrán presentar un reclamo ante la Compañía, el cual será tramitado bajo las siguientes reglas, de conformidad con el artículo 15 de la Ley 1581 de 2012:

a) El reclamo se formulará mediante solicitud radicada ante el Área encargada de la Compañía de lunes a jueves en horario 8:00 AM – 1:00 PM y 2:00 PM a 5:00 PM, y el viernes en horario de 8:00 AM – 1:00 PM, en la Carrera 41 No. 5f – 15 de la ciudad de Valledupar o al correo electrónico gerencia@gruposeynekun.com.
b) Para evitar que terceros no autorizados accedan a la información personal del Titular de los datos, será necesario previamente establecer la identificación del Titular. Cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del Titular y no se acredite que la misma actúa en representación de aquél, se tendrá por no presentada.
c) La solicitud debe contener como mínimo la siguiente información:

La identificación del Titular.
(ii) Los datos de contacto (dirección física y/o electrónica y teléfonos de contacto).
(iii) Los documentos que acrediten la identidad del Titular, o la representación de su representante.
(iv) La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los cuales el Titular busca ejercer alguno de los derechos.
(v) La descripción de los hechos que dan lugar al reclamo.
(vi) Los documentos que se quiera hacer valer.
(vii) Firma, número de identificación y huella.
(viii) Radicación en original.

d) Si el reclamo resulta incompleto, la Compañía requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
e) Si el Área que recibe el reclamo no sea competente para resolverlo, dará traslado a quien corresponda en un término máximo de dos (2) días hábiles e informará de la situación al interesado.
f) Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
g) El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de su recibo. Cuando no fuere posible atender el reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

 

8.3 Supresión de Dato

 

El Titular tiene el derecho, en todo momento, a solicitar a la Compañía la supresión (eliminación) de sus datos personales cuando:

a) Considere que los mismos no están siendo tratados conforme a los principios, deberes y obligaciones previstas en la Ley 1581 de 2012.
b) Hayan dejado de ser necesarios o pertinentes para la finalidad para la cual fueron recolectados.
c) Se haya superado el periodo necesario para el cumplimiento de los fines para los que fueron recolectados.

Esta supresión implica la eliminación total o parcial de la información personal de acuerdo con lo solicitado por el Titular en los registros, archivos, bases de datos o tratamientos realizados por la Compañía.

Es importante tener en cuenta que el derecho de cancelación no es absoluto y el responsable puede negar el ejercicio del mismo cuando:
a) La solicitud de supresión de la información no procederá cuando el Titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos.
b) La eliminación de datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas vinculadas a obligaciones fiscales, la investigación y persecución de delitos o la actualización de sanciones administrativas.
c) Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del Titular, para realizar una acción en función del interés público, o para cumplir con una obligación legalmente adquirida por el Titular.

 

8.4 Revocatoria de la Autorización.

El Titular de los datos personales puede revocar el consentimiento al Tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal.

 

  1. Vigencia de la Política.



La Política rige a partir de los términos establecidos en el Decreto 1377 de 2013. Por regla general el término de las autorizaciones sobre el uso de los datos personales se entiende por el término de la relación comercial o de la vinculación al servicio y durante el ejercicio del objeto social de la compañía.

  1. Modificaciones de nuestra Políticas de Tratamiento de Datos Personales.

 

La Compañía se reserva el derecho, a su exclusiva discreción, de modificar, alterar, agregar o eliminar partes de esta Política en cualquier momento. Recomendamos que examine esta política cada vez que visite el sitio en Internet de la Compañía: www.gruposeynekun.co.



Claribeth Navarro Izquierdo

Representante Legal